Ley Nº 5920

Se trata de un conjunto de acciones y medidas destinadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, para proporcionar una respuesta efectiva a posibles situaciones de emergencia. Esta ley es de aplicación exclusiva de la ciudad autónoma de Buenos Aires y será de aplicación obligatoria en edificios, tanto del ámbito público como del ámbito privado, de oficinas, escuelas, hospitales y en todos aquellos edificios con atención al público, adecuándolo a las características propias del inmueble, su destino y de las personas que lo utilicen siendo de aplicación voluntaria en los edificios de vivienda.

La elaboración y puesta a prueba Sistemas de Autoprotección deben ser únicamente por profesionales capacitados y acreditados.

Nos encargaremos de la:

Un plan para cada empresa.

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